Entienda las diferencias entre los modos de disputa abierto, cerrado y combinado en la Ley 14.133, las prohibiciones del art. 56 y cómo elegir el procedimiento en licitaciones de ingeniería.

¡Descúbrelo!

La Ley 14.133/2021 admite los modos de disputa abierto y cerrado, de forma aislada o combinada. En el modo abierto, los licitantes presentan pujas públicas y sucesivas; en el cerrado, las propuestas permanecen confidenciales hasta la fecha y hora definidas para su apertura. La elección no es libre en cualquier situación: el art. 56 prohíbe utilizar aisladamente el modo cerrado cuando el criterio de adjudicación es menor precio o mayor descuento y prohíbe el modo abierto cuando el criterio es técnica y precio.

En las licitaciones de ingeniería, por tanto, la decisión correcta comienza por el objeto y el criterio de adjudicación. Una obra o servicio adjudicado por menor precio puede utilizar el modo abierto o una combinación de modos, conforme a la reglamentación aplicable. Una contratación adjudicada por técnica y precio — común en servicios intelectuales y en obras y servicios especiales de ingeniería cuando la calidad técnica es material — debe utilizar el modo cerrado. El modo de disputa es solo una pieza de la arquitectura del procedimiento: no debe confundirse con modalidad, criterio de adjudicación ni forma electrónica/presencial.

La consecuencia práctica es relevante. Elegir un modo inadecuado puede reducir la competencia, estimular ofertas inexequibles, impedir la comparación técnica pretendida o incluso crear una incompatibilidad directa con la Ley. La fase preparatoria debe justificar cómo modalidad, criterio, modo de disputa y forma de realización se combinan para producir la propuesta más ventajosa.

Qué son los modos de disputa abierto y cerrado

La elección del modo de disputa debe nacer en la fase preparatoria. Antes de definir si habrá pujas, la Administración debe demostrar qué criterio de adjudicación representa mejor el objeto y qué riesgos puede producir la dinámica competitiva.

Estructurar el Estudio Técnico Preliminar de la contratación

El art. 56 de la Ley 14.133 define dos modelos básicos. En el modo abierto, los participantes conocen la evolución competitiva del procedimiento y pueden presentar pujas públicas y sucesivas. Según el criterio, las pujas pueden ser decrecientes o crecientes. En el modo cerrado, cada licitante presenta su propuesta sin seguir las ofertas de los demás; el contenido permanece confidencial hasta el momento definido para su divulgación.

La diferencia no es únicamente operativa. Cada modo modifica el comportamiento económico de los licitantes, la forma en que el mercado revela precios y el riesgo de estrategias oportunistas.

AspectoModo abiertoModo cerrado
Dinámicapujas sucesivaspropuesta única mantenida confidencial hasta la apertura
Información durante la disputalos participantes siguen la mejor pujalas propuestas competidoras no se conocen antes de la apertura
Presión competitiva sobre el precioelevada y dinámicaconcentrada en la propuesta inicial
Uso con menor preciopermitidono puede utilizarse aisladamente
Uso con mayor descuentopermitidono puede utilizarse aisladamente
Uso con técnica y precioprohibidoobligatorio como lógica de disputa
Riesgo típicocarrera excesiva por el preciomenor descubrimiento dinámico del precio

El Estudio Técnico Preliminar debe registrar por qué la arquitectura del procedimiento es coherente con la necesidad pública. En ingeniería, la definición del modo de disputa no debe hacerse repitiendo el pliego anterior.

El art. 56 establece prohibiciones que cambian la elección

Hay dos reglas que deben recordarse porque eliminan combinaciones aparentemente posibles.

La primera está en el §1.º del art. 56: está prohibido utilizar aisladamente el modo cerrado cuando el criterio sea menor precio o mayor descuento. Esto significa que la Administración no puede limitarse a recibir precios sellados, abrirlos todos y declarar ganador al menor cuando la arquitectura normativa aplicable exige la posibilidad de una etapa competitiva. En estos criterios debe existir modo abierto o una combinación reglamentada que incluya una etapa abierta.

La segunda está en el §2.º: está prohibido utilizar el modo abierto cuando el criterio sea técnica y precio. Aquí la lógica es inversa. La disputa no debe transformarse en una subasta sucesiva de precios porque la clasificación depende de la ponderación entre una propuesta técnica previamente estructurada y la propuesta económica correspondiente.

Esta regla se conecta directamente con el contenido sobre mejor técnica vs. técnica y precio. Cuando técnica y precio es el criterio elegido, los licitantes deben presentar propuestas comparables, evaluadas según criterios y pesos definidos antes de la disputa. No existe una ronda abierta de pujas para intentar modificar sucesivamente el componente económico.

Modo abierto: cuándo tiene sentido la competencia mediante pujas

El modo abierto es adecuado cuando la Administración puede definir suficientemente el objeto y pretende utilizar la competencia dinámica para revelar precios o descuentos. Es típico de objetos cuya comparación económica puede producirse objetivamente después de establecer los requisitos mínimos.

En obras y servicios de ingeniería adjudicados por menor precio, puede ser adecuado cuando el Proyecto Básico, las cantidades, las especificaciones, las condiciones de medición y la matriz de riesgos reducen la heterogeneidad de las propuestas a un nivel en el que el precio puede asumir un papel predominante.

La lógica es sencilla: una empresa presenta R$ 8,0 millones, otra R$ 7,8 millones y otra R$ 7,6 millones. Durante la etapa abierta, las empresas pueden revisar sucesivamente sus precios. La competencia revela hasta dónde está dispuesto cada participante a reducir su oferta.

Pero la presión competitiva no sustituye el análisis de exequibilidad. En ingeniería, descuentos agresivos pueden generar ofertas incapaces de absorber los costes reales de mano de obra, equipos, movilización, BDI, riesgos y productividad. El hecho de que una puja sea la menor no la convierte automáticamente en aceptable.

El riesgo de la carrera hacia el menor número

El diseño del procedimiento debe evitar que la disputa abierta incentive la reducción de precio sin la correspondiente capacidad de ejecución. Entre los puntos que deben permanecer bajo control están:

  • presupuesto de referencia técnicamente estructurado;
  • criterios de exequibilidad;
  • cantidades y composiciones coherentes;
  • BDI y cargas sociales;
  • cualificación técnica proporcional;
  • matriz de riesgos;
  • condiciones de reajuste y reequilibrio;
  • cronograma físico-financiero.

El art. 56, §5.º añade una regla específica para obras y servicios de ingeniería: después de la adjudicación, el ganador debe reelaborar y presentar electrónicamente las hojas de cálculo con cantidades, costes unitarios, BDI y Cargas Sociales adaptados al valor final de la propuesta ganadora. Esto preserva una base detallada para la gestión contractual y las eventuales adecuaciones permitidas por la Ley.

Modo cerrado: qué cambia en la práctica

En el modo cerrado no existen pujas públicas y sucesivas. Cada participante debe formular su mejor propuesta antes de conocer las ofertas competidoras. Las propuestas permanecen confidenciales hasta el momento previsto para su divulgación.

Esto no significa ausencia de competencia. La competencia se produce durante la preparación de la propuesta: cada licitante estima qué combinación de precio, técnica, metodología, equipo y riesgo maximiza su posibilidad de clasificación sin conocer la estrategia de los demás.

En técnica y precio, esta característica es esencial. Si la empresa supiera que su puntuación técnica ya es elevada y pudiera después seguir en tiempo real el precio de los competidores, la etapa económica podría alterar artificialmente una evaluación que debería reflejar una propuesta integrada.

La IN SEGES/MGI n.º 2/2023, aplicable a la Administración Pública federal directa, autárquica y fundacional, reglamenta esta lógica determinando el modo cerrado para técnica y precio. Las propuestas técnicas y de precio permanecen confidenciales hasta la sesión, se evalúan y posteriormente se combinan mediante la ponderación definida en el pliego.

Cerrado no es sinónimo de presupuesto confidencial

Es importante separar los conceptos. Modo cerrado se refiere a la confidencialidad temporal de las propuestas de los licitantes. Presupuesto confidencial se refiere al momento de divulgación del presupuesto estimado por la Administración, materia regulada por disposiciones propias de la Ley.

Una licitación puede tener modo de disputa cerrado y presupuesto público. También puede haber supuestos de presupuesto de la Administración con divulgación diferida. Son decisiones distintas y requieren fundamentación propia.

Técnica y precio exige modo cerrado

Técnica y precio exige coherencia entre el Término de Referencia, la matriz de puntuación y el modo cerrado. Si la documentación no produce propuestas comparables, el problema no se resuelve mediante la confidencialidad de las ofertas.

Estructurar el Término de Referencia de Ingeniería

Esta es la consecuencia más relevante para las contrataciones de ingeniería consultiva y servicios de mayor contenido intelectual.

Cuando el criterio es técnica y precio, el art. 56, §2.º impide el modo abierto. En el ámbito federal, la IN SEGES/MGI n.º 2/2023 operacionaliza el procedimiento: las propuestas permanecen confidenciales hasta el inicio de la sesión pública, sin presentación de pujas.

Esto es coherente con la propia naturaleza de la adjudicación. La Administración compara primero elementos como:

  • conocimiento del objeto;
  • metodología;
  • programa de trabajo;
  • equipo técnico;
  • experiencia;
  • productos y entregables;
  • otros criterios objetivos definidos en el pliego.

Después combina la puntuación técnica con la puntuación económica según la fórmula prevista.

La consecuencia para el Término de Referencia es directa. Si la Administración quiere utilizar técnica y precio, debe desarrollar previamente una metodología de Propuesta Técnica capaz de generar respuestas comparables. No basta con escribir “presentar propuesta técnica”. Sin matriz, rúbricas y estructura de respuesta, el modo cerrado solo congela propuestas heterogéneas y transfiere la subjetividad al comité evaluador.

La Revisión Técnica del Pliego y sus Anexos es especialmente relevante en esta etapa, porque las incompatibilidades entre criterio de adjudicación, modo de disputa y documentación exigida pueden comprometer todo el procedimiento.

Modos combinados: abierto-cerrado y cerrado-abierto

La Ley permite utilizar los modos conjuntamente, pero la mecánica concreta depende de la reglamentación aplicable. En la Administración Pública federal, la IN SEGES/ME n.º 73/2022 regula las combinaciones para licitaciones electrónicas por menor precio o mayor descuento.

Abierto y cerrado

En este diseño existe inicialmente una etapa de pujas públicas y sucesivas. Al final, los licitantes clasificados según el rango previsto en la reglamentación tienen la oportunidad de presentar una puja final cerrada.

La ventaja es combinar el descubrimiento dinámico de precios con una ronda final confidencial. Esto dificulta que un competidor espere hasta el último instante únicamente para mejorar marginalmente la mejor puja conocida.

Cerrado y abierto

Aquí ocurre lo contrario. Todos presentan inicialmente propuestas cerradas. La mejor propuesta y las demás dentro del rango reglamentario avanzan hacia una etapa abierta de pujas.

Este diseño filtra primero el universo competitivo y concentra la disputa abierta entre las ofertas más próximas.

Los modos combinados no permiten pujas en técnica y precio

La existencia de combinaciones no modifica la prohibición del art. 56, §2.º. Si el criterio es técnica y precio, el modo abierto continúa prohibido. Las combinaciones reglamentadas por la IN 73/2022 se insertan en el universo de menor precio o mayor descuento.

Cómo elegir en obras y servicios de ingeniería

La pregunta correcta no es “¿qué modo genera más descuento?”. La Administración debe preguntarse qué arquitectura de disputa maximiza la posibilidad de contratar la solución adecuada, a un precio exequible y con competencia suficiente.

SituaciónTendencia de diseñoRazón
Obra bien definida, menor precio, mercado amplioabierto o combinadola competencia dinámica puede revelar el precio
Servicio común de ingeniería, menor precioabierto o combinadolos requisitos pueden compararse objetivamente
Proyecto ejecutivo intelectual con técnica y preciocerradoel art. 56 prohíbe el modo abierto
Gestión/fiscalización con técnica y preciocerradola calidad técnica participa en la clasificación
Objeto con solución técnica variable y peso técnico relevantecerrado cuando se utiliza técnica y preciola propuesta debe permanecer integrada

El Término de Referencia para obras y servicios de ingeniería debe registrar la lógica de esta elección y traducir el diseño en reglas operativas claras.

Modalidad, criterio, modo y forma no son sinónimos

Una incompatibilidad entre modalidad, criterio de adjudicación y modo de disputa puede comprometer el pliego incluso antes de la sesión pública. La revisión independiente debe probar toda la arquitectura de la selección.

Revisar técnicamente el pliego y sus anexos

Gran parte de los errores del pliego nace de mezclar cuatro decisiones diferentes.

Modalidad es el procedimiento jurídico de contratación, como concurrencia o pregón.

Criterio de adjudicación define cómo se identificará la mejor propuesta: menor precio, mayor descuento, mejor técnica, técnica y precio, mayor retorno económico o mayor puja, según corresponda.

Modo de disputa define la dinámica de presentación de propuestas y pujas: abierto, cerrado o una combinación admitida.

Forma indica, entre otros aspectos, si el procedimiento será electrónico o, excepcionalmente y con motivación, presencial.

Una concurrencia, por ejemplo, puede utilizar técnica y precio y modo cerrado. Otra concurrencia puede utilizar menor precio y modo abierto. La modalidad es la misma; el diseño competitivo es completamente diferente.

Errores recurrentes al elegir el modo de disputa

Copiar el modo del pliego anterior

Dos contratos de ingeniería pueden parecer similares, pero tener niveles completamente distintos de madurez del proyecto, riesgo y dependencia de la metodología. La elección debe nacer del objeto actual.

Utilizar cerrado aisladamente con menor precio

La prohibición del art. 56, §1.º es expresa. Si la adjudicación es por menor precio o mayor descuento, el modo cerrado no puede utilizarse aisladamente.

Crear pujas en técnica y precio

También existe una prohibición expresa. La propuesta económica de técnica y precio no entra en una disputa abierta de pujas.

Elegir abierto para “forzar ahorro”

El ahorro nominal no es sinónimo de propuesta ventajosa. En obras, una reducción incompatible con la productividad, los costes y los riesgos puede reaparecer como retraso, incumplimiento, reclamaciones o abandono.

No probar el sistema electrónico

El pliego puede ser jurídicamente correcto y operacionalmente incompatible con la plataforma utilizada. Antes de la publicación es necesario confirmar que el sistema admite exactamente el modo y el criterio definidos.

Ejemplo práctico 1: obra por menor precio

Considere una obra con Proyecto Básico maduro, presupuesto de referencia de R$ 15 millones, cantidades definidas y un mercado con varios ejecutores capaces.

Si el criterio elegido es menor precio, el modo abierto puede tener sentido. Los licitantes entran en una disputa sucesiva y el precio final se somete a verificaciones de aceptabilidad y exequibilidad. Después, el ganador adapta las hojas de cálculo al valor final conforme al art. 56, §5.º.

El modo cerrado utilizado aisladamente no sería admitido en este caso.

Ejemplo práctico 2: proyecto ejecutivo de alta complejidad

Ahora considere la contratación de un proyecto ejecutivo multidisciplinar en el que metodología, equipo, coordinación BIM, análisis de riesgos y gobernanza documental influyen materialmente en la calidad final.

Si la licitación se realiza por técnica y precio, no habrá disputa abierta de precio. Cada empresa presenta su propuesta técnica y económica de manera cerrada. El comité aplica la matriz técnica, calcula la puntuación económica y obtiene la puntuación final ponderada.

La competencia se produce mediante la combinación de la mejor propuesta técnica y comercial, no mediante una sucesión de pujas.

Ejemplo práctico 3: servicio común de ingeniería

Un mantenimiento de edificios con actividades objetivamente estandarizables puede clasificarse como servicio común de ingeniería. Si la adjudicación es por menor precio, la disputa abierta puede ser adecuada.

El hecho de existir contenido de ingeniería no obliga al modo cerrado. Lo que determina el diseño es la combinación entre la naturaleza del objeto y el criterio de adjudicación.

Cómo documentar la decisión en la fase preparatoria

La disputa solo termina cuando la mejor propuesta es técnicamente aceptable, económicamente exequible y documentalmente coherente con el objeto. En ingeniería, el análisis exige una lectura integrada de precio, alcance, hojas de cálculo y riesgos.

Apoyo Técnico a la Licitación y Análisis de Propuestas

La justificación debe demostrar una cadena lógica.

  1. ¿Cuál es la necesidad pública?
  2. ¿El objeto está suficientemente definido?
  3. ¿La calidad por encima del mínimo modifica materialmente el resultado?
  4. ¿Qué criterio de adjudicación representa mejor la propuesta ventajosa?
  5. ¿Qué modos son jurídicamente compatibles con ese criterio?
  6. ¿Qué modo favorece la competencia sin aumentar el riesgo de inexequibilidad?
  7. ¿La plataforma electrónica admite el diseño elegido?
  8. ¿Los documentos de la contratación son coherentes con esta elección?

Este análisis debe aparecer en la planificación y reflejarse en el pliego. El Apoyo Técnico a la Licitación y Análisis de Propuestas ayuda a mantener la lógica de la planificación durante la selección y la adjudicación.

Checklist rápido para revisar un pliego

Antes de la publicación, verifique:

  • criterio de adjudicación definido y justificado;
  • modo de disputa compatible con el art. 56;
  • ausencia de modo cerrado aislado en menor precio/mayor descuento;
  • ausencia de modo abierto en técnica y precio;
  • reglamento aplicable identificado;
  • mecánica de los modos combinados descrita cuando se utilicen;
  • sistema electrónico compatible;
  • criterios de exequibilidad definidos;
  • reglas de negociación coherentes;
  • hojas de cálculo de obras/servicios de ingeniería previstas para adaptación final;
  • cronología de la sesión sin ambigüedades;
  • reglas de recurso alineadas con el procedimiento.

Cómo se conecta el modo de disputa con la adjudicación, la exequibilidad y la negociación

Elegir entre modo abierto, cerrado o combinado no completa el diseño de la selección. En obras y servicios de ingeniería, el modo de disputa determina cómo llega el mercado a las propuestas finales, pero la Administración todavía debe comprobar si la mejor oferta es técnicamente conforme, económicamente aceptable y exequible.

El art. 59 de la Ley 14.133 prevé la desclasificación de propuestas con vicios insubsanables, no conformes con las especificaciones del pliego, superiores al presupuesto máximo aplicable o cuya exequibilidad no se demuestre cuando se exija. Para obras y servicios de ingeniería, la evaluación de sobreprecio y exequibilidad debe considerar el precio global, las cantidades y los precios unitarios relevantes. Por tanto, una disputa abierta muy agresiva no elimina la necesidad de comprobar si el precio final sigue correspondiendo a una solución ejecutable.

Este punto es especialmente importante cuando una secuencia de pujas reduce sustancialmente la propuesta inicial. El valor final debe continuar siendo compatible con productividad, movilización, mano de obra, equipos, suministros, logística, riesgos, cargas y BDI. La competencia es un mecanismo de formación del precio; no es una autorización para aceptar cualquier número producido por la disputa.

Después de la adjudicación, el art. 61 todavía permite a la Administración negociar condiciones más ventajosas con el primer clasificado. Si este continúa por encima del precio máximo y es desclasificado, la negociación puede seguir con los demás licitantes por orden de clasificación. Esto significa que modo de disputa y negociación son etapas distintas: la existencia de pujas no elimina la negociación posterior, del mismo modo que el modo cerrado no impide que la Administración negocie con el primer clasificado después de definir el resultado de la adjudicación.

EtapaPregunta centralRiesgo a controlar
Disputa¿cómo se formarán las propuestas económicas?baja competencia o reducción excesiva
Adjudicación¿qué propuesta ocupa la primera posición?aplicación incorrecta del criterio
Conformidad¿la propuesta cumple el pliego y el objeto?aceptar una solución técnicamente inadecuada
Exequibilidad¿el precio permite ejecutar el alcance?contrato inviable, retraso o abandono
Negociación¿es posible una condición más ventajosa?perder ahorro todavía disponible
Hojas de cálculo finales¿costes unitarios, BDI y cargas reflejan el precio ganador?base contractual inconsistente

En las obras y servicios de ingeniería, el §5.º del art. 56 cierra esta cadena al exigir que el ganador reelabore las hojas de cálculo con cantidades, costes unitarios, BDI y Cargas Sociales adaptados al valor final. La etapa es relevante porque un descuento global obtenido en la disputa debe traducirse en una estructura económica coherente con la ejecución y el seguimiento contractual.

Los plazos mínimos también deben ser compatibles con el diseño competitivo

Otro error recurrente es discutir el modo de disputa sin comprobar el plazo necesario para formar las propuestas. El art. 55 establece plazos mínimos diferentes según el objeto, el criterio de adjudicación y, en algunos casos, el régimen de ejecución. En ingeniería, esto importa porque una propuesta económica o técnica puede exigir la lectura de decenas de anexos, levantamiento de riesgos, composición de costes, movilización de subcontratistas y desarrollo de metodología.

Situación prevista en el art. 55Plazo mínimo
Servicios comunes y obras/servicios comunes de ingeniería por menor precio o mayor descuento10 días hábiles
Servicios especiales y obras/servicios especiales de ingeniería por menor precio o mayor descuento25 días hábiles
Contratación semiintegrada u otros supuestos de servicios y obras no incluidos en las reglas específicas35 días hábiles
Contratación integrada60 días hábiles
Técnica y precio o mejor técnica/contenido artístico35 días hábiles

Estos son mínimos legales, no metas administrativas. Un proyecto complejo puede exigir un plazo superior para que el mercado formule propuestas serias. Acortar excesivamente la preparación tiende a favorecer a empresas que ya conocen el objeto, reducir la cantidad de participantes capaces de preparar propuestas completas y aumentar la incidencia de premisas genéricas o errores presupuestarios.

Existe una relación directa entre plazo y calidad de la competencia. Si el pliego exige una propuesta técnica detallada, presupuesto analítico, visita técnica, consultas a fabricantes, composición de equipo y análisis de riesgos, el plazo debe ser proporcional. De lo contrario, un modo de disputa formalmente correcto puede operar sobre propuestas mal formadas.

Matriz de decisión para elegir el modo de disputa en ingeniería

La elección puede estructurarse como una matriz de decisión durante la fase preparatoria. La tabla siguiente no sustituye el análisis jurídico ni la reglamentación aplicable, pero organiza las preguntas que deben responderse antes de publicar el pliego.

Condición del objetoImplicación para el diseñoPunto de atención
Proyecto y cantidades madurosfavorecen una comparación económica objetivavalidar la exequibilidad de las pujas
Mercado con muchos ejecutores equivalentesla etapa abierta puede ampliar la presión competitivano reducir la cualificación mínima necesaria
Gran sensibilidad a metodología y equipopuede justificar técnica y precioel modo abierto queda prohibido
Objeto común de ingenieríamenor precio/mayor descuento pueden ser adecuadosel cerrado aislado está prohibido
Servicio intelectual de alta complejidadla calidad por encima del mínimo puede ser decisivaestructurar propuesta técnica y rúbricas
Presupuesto con alto grado de incertidumbrela disputa no corrige una deficiencia de planificaciónrevisar alcance y estimación antes del pliego
Baja cantidad de proveedoreslas pujas pueden producir poco descubrimiento adicionalestudiar el mercado y las barreras de entrada
Plataforma sin soporte al procedimiento elegidoel diseño se vuelve operacionalmente inexequibleprobar la herramienta antes de la publicación

La decisión más sólida documenta no solo el modo elegido, sino también las alternativas descartadas. Si la Administración optó por una disputa abierta, debe poder explicar por qué la competencia sucesiva es adecuada al objeto. Si eligió técnica y precio, debe demostrar por qué la calidad técnica por encima del mínimo es material y, por consiguiente, estructurar el modo cerrado exigido por la Ley.

Prueba de estrés del pliego antes de la publicación

Una forma práctica de revisar el diseño es simular el comportamiento de tres o cuatro licitantes hipotéticos antes de la publicación. El objetivo no es prever precios, sino comprobar si las reglas producen resultados coherentes en escenarios extremos.

  1. Simular una empresa con el menor precio y una estructura de costes muy presionada.
  2. Simular una empresa técnicamente fuerte, pero con precio superior.
  3. Simular una empresa que presenta una propuesta inicial alta y la reduce agresivamente durante las pujas.
  4. Simular un empate o una diferencia muy pequeña entre las mejores propuestas.
  5. Comprobar cómo trata el pliego la exequibilidad, negociación, desempate y adaptación de las hojas de cálculo.
  6. Confirmar si la plataforma ejecuta exactamente la secuencia descrita en el pliego.

En técnica y precio, la prueba debe incluir además la aplicación completa de la matriz técnica y la fórmula económica. Es común descubrir en esta simulación que un peso, una fórmula o un criterio aparentemente razonable produce un efecto desproporcionado. Corregirlo antes de la publicación es mucho más sencillo que justificar el resultado después de abrir las propuestas.

En menor precio, la prueba debe comprobar qué ocurre cuando el primer clasificado ofrece un descuento muy superior a los demás. El equipo necesita saber previamente qué evidencias podrá solicitar para analizar la exequibilidad, qué precios unitarios son relevantes y cómo se adaptará la propuesta final.

Esta prueba de estrés transforma la elección del modo de disputa en una decisión de ingeniería de la contratación: el procedimiento deja de ser una configuración administrativa aislada y pasa a evaluarse como un sistema completo, desde la planificación hasta la futura ejecución contractual.

Consideraciones finales

Modo abierto y modo cerrado no representan simplemente “licitación con pujas” y “licitación sin pujas”. Son mecanismos de diseño competitivo que deben compatibilizarse con el objeto, el criterio de adjudicación y la reglamentación aplicable.

En ingeniería, la regla operativa más importante es clara: menor precio y mayor descuento no admiten el modo cerrado aislado; técnica y precio no admite el modo abierto. A partir de estas prohibiciones, la Administración debe elegir entre el modo abierto y las combinaciones reglamentadas para las disputas económicas, o estructurar correctamente el modo cerrado cuando la calidad técnica integre la clasificación.

La mejor decisión es la que nace de la fase preparatoria y mantiene coherencia hasta la adjudicación y la ejecución contractual. Un pliego bien diseñado no busca únicamente el menor número: busca una competencia capaz de producir una propuesta técnicamente aceptable, económicamente ventajosa y contractualmente ejecutable.

Referencias técnicas

[1] BRASIL. Ley n.º 14.133, de 1 de abril de 2021 — Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos. Disponible en: https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2019-2022/2021/lei/l14133.htm.

[2] TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA UNIÓN. Manual de Licitaciones y Contratos — 3.5 Modos de disputa. Disponible en: https://licitacoesecontratos.tcu.gov.br/3-5-modos-de-disputa/.

[3] BRASIL. MINISTERIO DE ECONOMÍA. Instrucción Normativa SEGES/ME n.º 73, de 30 de septiembre de 2022. Disponible en: https://www.gov.br/compras/pt-br/acesso-a-informacao/legislacao/instrucoes-normativas/instrucao-normativa-seges-me-no-73-de-30-de-setembro-de-2022.

[4] BRASIL. MINISTERIO DE GESTIÓN E INNOVACIÓN EN SERVICIOS PÚBLICOS. Instrucción Normativa SEGES/MGI n.º 2, de 7 de febrero de 2023. Disponible en: https://www.gov.br/compras/pt-br/acesso-a-informacao/legislacao/instrucoes-normativas/instrucao-normativa-seges-mgi-no-2-de-7-de-fevereiro-de-2023.

[5] TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA UNIÓN. Manual de Licitaciones y Contratos — Técnica y precio. Disponible en: https://licitacoesecontratos.tcu.gov.br/3-4-4-tecnica-e-preco-2/.

Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el modo de disputa abierto y cerrado?

En el modo abierto, los licitantes presentan pujas públicas y sucesivas. En el cerrado, las propuestas permanecen confidenciales hasta la fecha y hora definidas para su apertura, sin la dinámica pública de pujas sucesivas.

¿Puede utilizarse el modo cerrado en una licitación por menor precio?

No de forma aislada. El art. 56, §1.º de la Ley 14.133 prohíbe utilizar aisladamente el modo cerrado cuando el criterio de adjudicación es menor precio o mayor descuento.

¿Técnica y precio puede tener pujas abiertas?

No. El art. 56, §2.º prohíbe el modo de disputa abierto cuando el criterio es técnica y precio. En la Administración Pública federal, la IN SEGES/MGI n.º 2/2023 regula el procedimiento en modo cerrado.

¿Modo cerrado significa presupuesto confidencial?

No. Modo cerrado se refiere a la confidencialidad temporal de las propuestas de los licitantes. El presupuesto confidencial o de divulgación diferida se refiere al presupuesto estimado por la Administración y tiene regulación propia.

¿Qué es el modo abierto y cerrado?

Es una combinación en la que existe inicialmente una etapa abierta de pujas y, después, una etapa final cerrada para los licitantes clasificados conforme a la reglamentación aplicable.

¿Qué es el modo cerrado y abierto?

Es la combinación en la que las propuestas comienzan cerradas y solo los licitantes clasificados dentro del rango previsto avanzan a una etapa abierta de pujas.

¿Qué modo es mejor para obras públicas?

No existe un modo universalmente mejor. La elección depende del objeto, criterio de adjudicación, madurez de los proyectos, mercado, riesgos y necesidad de evaluar calidad técnica por encima de los requisitos mínimos.

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